Alegaciones de COAGRET a la nueva
regulación del Cinca
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Contestación
a consulta sobre decisión de Evaluación de Impacto Ambiental del
Proyecto “20090267GPR Regulación de la cuenca de río Cinca para
completar los riegos del Alto Aragón”, cuyo promotor es la
Dirección General del Agua, según lo establecido en el artículo
8 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de
Impacto Ambiental de proyectos
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D. Julián Ezquerra en representación
de la Coordinadora de Grandes embalses y Trasvases (COAGRET) con
NIF G50738046 y domicilio a efectos de notificaciones en apartado
de correos 3056, 50080 Zaragoza.
Presenta las siguientes sugerencias sobre decisión de evaluación
de impacto ambiental del proyecto mencionado:
Ante el evidente cambio de España social, político, económico y
democrático desde 1915, 1925, 1956, momentos donde se originan las
obligaciones que pretende satisfacer el documento presentado a
consulta.
Teniendo en cuenta que España ha dejado de ser el país
eminentemente agrícola que justificaba en 1915, 1925 y 1956 el
desmesurado otorgamiento de aguas a Riegos del Alto Aragón.
Teniendo en cuenta la incorporación del reino de España a la Unión
Europea.
A la luz de una racionalidad económica imprescindible, justificada
en los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria de la Unión
Europea.
Teniendo en cuenta la crisis económica que obliga a extremar la
eficiencia en el gasto y la gestión de los fondos públicos, y a
evitar el despilfarro y el mal uso del dinero público.
A la luz de la política ambiental española y europea encaminada a
proteger y mejorar el estado ecológico de nuestros ecosistemas
acuáticos y terrestres, y de las especies que habitan en ellos.
A la luz de una política agrícola europea que exige compaginar la
protección ambiental con la producción agrícola a la vez que se
contempla el necesario ajuste de producción en el marco de las
leyes del mercado internacional.
A la luz de la probable orientación futura de la PAC hacia una una
política más vinculada a la sostenibilidad del mundo rural que a
la producción.
A la luz del evidente fracaso de las políticas de ampliación de
regadíos para frenar la falta de relevo generacional (pérdida del
20% de población activa en España).
A la luz del inapreciable efecto sobre el asentamiento de
población en las zonas rurales que han tenido las políticas
agrícolas y de ampliación de regadíos.
Ante la imprescindible evaluación de la eficacia productiva,
económica y ambiental de la modernización del regadío.
A la luz de la Estrategia para la Economía Sostenible del Gobierno
español
A la luz de una necesaria protección y ordenación del territorio
que permita el re-equilibrio territorial y no el abandono y
condena de unos a favor de otros.
Teniendo en cuenta la obligación regulada en la Directiva Marco
del Agua de la recuperación de los costes incluidos los
ambientales y de oportunidad.
Atendiendo a la obligación impuesta por la Ley de Aguas de
respetar unos caudales ecológicos.
A la luz del objetivo de la Directiva Marco del Agua de conseguir
el buen estado ecológico de los ríos y masas de agua
continentales.
A la vista de los resultados del análisis multicriterio del
“Estudio hidrológico y económico de las asignación del recurso
natural agua en los ríos del Pirineo aragonés: nuevos tiempos,
nuevas oportunidades” publicado por ADELPA en 2008.
A la luz de las propuestas planteadas por SEO/BirdLife y WWF
España para una nueva Política Rural Común (Documento para el
debate, marzo 2009).
Se propone:
Se solicita una reevaluación de un proyecto decimonónico y
redentista que planteaba “regar el desierto”, a la luz de los
datos actuales de necesidades ambientales, sociales y económicas.
Se solicita reevaluar la necesidad de poner en regadío todo el
proyecto de Riegos del Alto Aragón planteado en la documentación.
Se solicita realizar una evaluación del sentido de las actuaciones
propuestas y de los regadíos planteados. Qué sentido tiene en el
marco de la política agraria española y europea. Qué sentido tiene
y que repercusión económica. Qué sentido tiene ambientalmente, no
de sus repercusiones ambientales sino de su sentido ambiental, qué
sentido tiene.
Se solicita que se haga un análisis de coste/beneficio, de las
infraestructuras propuestas.
Se solicita que se haga un análisis económico de la eficacia de la
modernización, de sus costes y de la capacidad del sistema
empresarial agrario de asumir esos costes en su totalidad y no con
las subvenciones que lo sostiene actualmente.
Se solicita evaluar el rendimiento económico, social y ambiental
de la ingente cantidad de bienes ambientales concedidos o
“invertidos” en el proyecto de Riegos del Alto Aragón.
Debería reevaluarse la declaración de “interés nacional” de la
zona regable Monegros II y la declaración de “interés general” de
las obras de Riegos del Alto Aragón.
Se solicita que los caudales disponibles del Gallego y del Cinca
(y del Alcanadre y del Susía) se calculen una vez se hayan
determinado y asegurado los caudales ecológicos de dichos ríos.
Como siempre el documento olvida los caudales ambientales y trata
los ríos como si fueran cañerías.
Se solicita información sobre si el aumento de regulación supone
un aumento significativo de la garantía del sistema.
Se solicita información sobre el aumento de contaminación por los
retornos de riego al aumentar los regadíos del sistema. La
contaminación difusa es un problema grave de la cuenca del Ebro, y
la Directiva Marco del Agua obliga a evitar cualquier deterioro
adicional de las masas de agua de la cuenca. Deberían conocerse
las medidas que se plantean al respecto.
Se solicita que se evalúen las alternativas sin el embalse de
Biscarrués.
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