La Audiencia Nacional ha
desestimado el recurso contencioso-administrativo que presentó
la Comunidad General de Regantes de Bardenas contra la
decisión del Ministerio de Medio Ambiente de aprobar
definitivamente el proyecto de abastecimiento a Zaragoza con
agua del embalse pirenaico de Yesa. La sentencia considera que
esta actuación no vulnera el Plan Hidrológico de la Cuenca del
Ebro y rechaza todas las alegaciones que planteó la
organización de riego. El fallo, de hace unos días, llega más
de tres años después del recurso y con la obra a punto de
concluirse.
El proyecto para abastecer
Zaragoza y su entorno con agua de Yesa (mediante una tubería
de 73 kilómetros desde la acequia de Sora) provocó una fuerte
polémica entre los regantes de Bardenas. Estos veían amenazado
el futuro de su sistema si se acometía la traída de aguas con
anterioridad al recrecimiento del citado embalse, del que son
beneficiarios. El hecho de que el consumo de agua de boca
tenga, por ley, prioridad sobre cualquier otro uso les hacía
temer que en épocas de escasez y con la presa sin ampliar el
riego se viera perjudicado en favor del abastecimiento.
El malestar se plasmó en un
recurso que Bardenas hizo firme en septiembre del 2001, contra
la resolución de 17 de diciembre de 1999 por la que la
Secretaría de Estado de Aguas y Costas del Ministerio de Medio
Ambiente aprobó definitivamente el proyecto.
Entre otras cosas, los
regantes argumentaron que según el plan de la cuenca del Ebro
la traída de aguas sólo estaba prevista con Yesa recrecido. La
sentencia responde que no se vulnera el plan del Ebro, porque
el proyecto de abastecimiento establece que para hacer llegar
agua a Zaragoza se utilizarán "únicamente sobrantes del río
Aragón que se verterían por el aliviadero de la presa de
Yesa".
EL PUNTO DE TOMA
El fallo judicial también
rechaza que pueda haber problemas por la elección del punto en
el que se tomará el agua de Yesa, en el kilómetro 36,7 de la
acequia de Sora, pese a lo que aducen los regantes. Según el
tribunal, esta decisión está bien justificada técnicamente y
permitirá "atender las demandas preferentes actuales y futuras
de Bardenas y la demanda de abastecimiento de agua a Zaragoza
y su entorno".
La sentencia niega,
igualmente, que haya trato discriminatorio hacia Bardenas en
beneficio del Canal Imperial de Aragón y aduce que a la
primera organización "no se la priva de los recursos regulados
del embalse de Yesa, con la presa actual, ni se la relega en
el orden de prioridades de uso (...)".
CAPACIDAD DE DECISIÓN
El proyecto de
abastecimiento, que está declarado de interés general desde
agosto de 1998, se incluye --como recuerda la Audiencia
Nacional-- dentro de la "potestad discrecional de la
Administración competente, en cuanto supone la elección de la
mejor solución para definir la ejecución de esas obras
hidráulicas que han sido declaradas de interés general (...)".
El fallo judicial, que se
comunicó el mes pasado a las partes, desestima el recurso de
Bardenas más de tres años después de su presentación y cuando
están a punto de concluirse las obras de este abastecimiento.
Rechaza "todas las pretensiones" de la organización de riego y
no hace imposición expresa de las costas procesales. También
señala que contra la sentencia cabe recurso de casación.
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